Entérese aquí de lo que es permitido y lo que es prohibido durante el silencio electoral previo a las elecciones generales del 30 de noviembre.

 

Honduras entra oficialmente en el silencio electoral a partir de la medianoche del martes 25 de noviembre, tras concluir los 90 días permitidos para la propaganda política previos a las elecciones generales de este domingo 30 de noviembre.

El período de silencio electoral, contemplado en la Ley Electoral, marca una pausa obligatoria en las actividades partidarias y abre un espacio destinado a la reflexión ciudadana antes de la contienda electoral del domingo.

Durante tres meses, el país estuvo inmerso en caravanas, discursos, jingles y contenido publicitario que recorrió calles, medios y plataformas digitales.

Sin embargo, desde este lunes, todo ese ruido quedó suspendido.

Según el artículo 223 de la Ley Electoral, los cinco días previos a los comicios deben transcurrir sin propaganda de ningún tipo, una medida orientada a proteger la libertad y claridad del votante.

¿En qué consiste el silencio electoral?

El artículo 223 establece con claridad que, durante el silencio electoral, se prohíben las manifestaciones públicas, la propaganda política y la divulgación de resultados totales o parciales de encuestas o sondeos de opinión.

También queda restringida la distribución de cualquier material impreso, audiovisual, electrónico, radiofónico o digital que promueva partidos o candidaturas.

La norma añade que el incumplimiento de estas disposiciones será sancionado con multas equivalentes a 40 salarios mínimos, aunque otras interpretaciones del marco sancionatorio advierten que las multas pueden alcanzar hasta 50 salarios mínimos, es decir, cerca de un millón de lempiras.

Comentarios