Entérese aquí de lo que es permitido y lo que es prohibido durante el silencio electoral previo a las elecciones generales del 30 de noviembre.
Honduras entra
oficialmente en el silencio electoral a
partir de la medianoche del martes 25 de noviembre, tras concluir los 90 días
permitidos para la propaganda política previos a las elecciones generales de
este domingo 30 de noviembre.
El período de silencio
electoral, contemplado en la Ley Electoral, marca una pausa obligatoria en
las actividades partidarias y abre un espacio destinado a la reflexión
ciudadana antes de la contienda electoral del domingo.
Durante tres meses, el país estuvo inmerso en caravanas,
discursos, jingles y contenido publicitario que
recorrió calles, medios y plataformas digitales.
Sin embargo, desde este lunes, todo ese ruido quedó
suspendido.
Según el artículo 223 de la Ley Electoral, los cinco días
previos a los comicios deben transcurrir sin
propaganda de ningún tipo, una medida orientada a
proteger la libertad y claridad del votante.
¿En qué consiste
el silencio electoral?
El artículo 223 establece
con claridad que, durante el silencio electoral,
se prohíben las manifestaciones públicas, la propaganda política y la divulgación de resultados totales
o parciales de encuestas o sondeos de opinión.
También queda restringida la distribución de cualquier
material impreso, audiovisual, electrónico, radiofónico o digital que promueva partidos o candidaturas.
La norma añade que el incumplimiento de estas
disposiciones será sancionado con multas equivalentes a 40
salarios mínimos, aunque otras interpretaciones del marco
sancionatorio advierten que las multas pueden alcanzar hasta 50 salarios mínimos,
es decir, cerca de un millón de lempiras.

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